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¿Los términos descriptivos de un signo sobre el origen de un producto son siempre similares y confundibles con la denominación de origen que menciona esa misma zona geográfica?

La indicación geográfica es un género en el cual se comprenden dos categorías de signos (i) la denominación de origen y (ii) la indicación de procedencia. Por un lado, la denominación de origen se utiliza para indicar el origen geográfico concreto de un producto, el cual le otorga ciertas cualidades, características, reputación o calidad que se deben exclusiva o esencialmente a dicha zona geográfica, gracias a sus factores naturales y humanos. Por el otro lado, la indicación de procedencia corresponde a un término descriptivo disponible para todos los agentes del mercado para indicar el origen de sus productos. En caso de que, algún agente del mercado utilice, pretenda utilizar y/o registrar ante la Superintendencia de Industria y Comercio un signo distintivo para sus productos que haga referencia a un origen específico, es posible que dicho signo esté incurso en la causal de irregistrabilidad referida a la similitud del signo con una denominación de origen.