

La reciente Decisión 876 de la Comunidad Andina de Naciones, promulgada el pasado 23 de abril de 2021, atiende a la necesidad de los países, entre ellos Colombia que es miembro, de resaltar sus cualidades a través de la marca país, estableciendo para tales efectos, su respectivo régimen común. Su articulo 3 prevé́ que constituye una marca país “cualquier signo designado o empleado por un País Miembro para promover su imagen dentro y fuera del país, y para promocionar, entre otros, el turismo, la cultura, la gastronomía, la producción nacional, las exportaciones o las inversiones del País Miembro”. En otras palabras, la marca país es en realidad la imagen de Colombia ante el mundo, para ejercer el comercio exterior y atraer inversión extranjera y turismo. Para más información, visita el archivo.